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DGT detecta vehículos sin seguro

El 10% de vehículos matriculados desde 1996 no tiene contratada una póliza Aproximadamente 2 millones de vehículos circulan en España sin tener suscrito el Seguro Obligatorio de automóviles, póliza que exige la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de los vehículos a motor y cuya finalidad es la respuesta monetaria de los daños personales y materiales generados a causa de un accidente de tráfico.

Para localizar aquellos vehículos que circulan sin seguro, la DGT lleva a cabo una comprobación a través de medios automatizados de control y de monitorización colocados en las carreteras.

Aproximadamente el 10% del parque de vehículos, calculado sobre los matriculados desde 1996, circula sin tener contratada la póliza.

Aquellos propietarios que no aseguran sus vehículos cargan sobre el resto de ciudadanos la responsabilidad pecuniaria debida a los daños causados con sus vehículos si hay un accidente. La prima del seguro obligatorio del automóvil que han de suscribir todos los propietarios de un vehículo incluye un recargo de 3’5€ destinado a que el CCS (Consorcio de Compensación de Seguros) haga frente a los gastos que se producen por los vehículos sin asegurar.

Es por esto que los daños y las indemnizaciones que paga el CCS por los vehículos sin asegurar las pagamos todos.

Es el Consorcio quien se hace cargo, como responsable subsidiario, del pago en caso de accidente y también garantiza las indemnizaciones derivadas por daños a personas y a bienes, en los casos en que el propietario del vehículo implicado en el accidente no haya suscrito el seguro obligatorio.

Si los titulares de algún vehículo no suscriben el seguro obligatorio de accidente, pueden enfrentarse a la inmovilización y depósito del mismo y a sanciones que van de los 601 a los 3.005€, en función del tipo de vehículo y de otras circunstancias. La DGT, gestionó en 2015 cerca de 50.000 denuncias a causa de este motivo.

Si se circula con un ciclomotor sin el seguro obligatorio, la sanción es de 1.000€. Para una motocicleta, 1.250€; los turismos, 1.500€ y para los camiones o autobuses la cantidad puede alcanzar los 2.800€.

Por Ley, las autoridades competentes en materia sancionadora están obligadas a proporcionar al CCS el 50% del importe de las sanciones recibidas por este precepto, para así poder hacerse cargo de las indemnizaciones a las víctimas de accidentes en caso de que el vehículo implicado en el accidente no tuviera suscrita una póliza.

fuente: DGT
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